El papel de las Inspectorías y Tribunales del Trabajo (inicio) FEMSA vs GALIDEZ.

 

    La Inspectoría del Trabajo ha adquirido recientemente relevancia en el estado Táchira posterior al nombramiento del funcionario abogado José Félix Escalona Bolívar, quien preside la inspectoría del trabajo denominada “General Cipriano Castro”, lo que ha reactivado el funcionamiento de los procedimientos por via administrativa en la región, tales como el reenganche, la calificación de despidos y las quejas directas entre patronos y trabajadores, realzando la labor de dicha institución en la guarda de lo establecido en la Ley Orgánica de los Trabajadores y las Trabajadoras, y en la Constitución Nacional, que regulan y protegen el trabajo como proceso social y como derecho, colocando a la vía judicial en su justo sitial para la resolución de conflictos laborales. En el caso bajo estudio, el presente blog desarrollará un caso que toca ambas vías por via de amparo constitucional por inejecución y desacato de una providencia de reenganche y pago de salarios caídos.

 

Las Inspectorías del Trabajo constituyen un elemento fundamental 
para velar por los derechos de los trabajadores


    Las partes quedan establecidas entre el ciudadano Aldemar Robinson Galídez, contra la empresa Coca Cola Femsa de Venezuela S.A, puesto que se negó de forma directa a reintegrar al trabajador en sus funciones como fue acordado por la Inspectoría del Trabajo del estado Lara, debido a que según proponía el demandante, fue despedido de forma injustificada luego de laborar en la entidad de trabajo durante dos años, ocho meses y diez días, es importante que en el presente caso, el trabajador contaba con inamovilidad laboral producto de su inclusión del sindicato como Secretario General, acudiendo a la inspectoría competente a solicitar su reenganche y el pago de los salarios caídos, siendo desacatada la orden por la empresa.

Inspectoría del Trabajo "General Cipriano Castro" del Táchira

    La problemática nace del incumplimiento por parte de la entidad patronal de incumplir una orden tomada por parte de la Inspectoría del Trabajo del estado Lara, que actúa amparado en el procedimiento establecido en la norma sustantiva laboral en sus artículos 425 y siguientes, por ello es importante conocer cuáles son las vías administrativas y judiciales a las cuales se debe recurrir en estos casos a la par que se desarrolla el contenido de la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo del Distrito Capital, donde se expone el transcurso del expediente desde el momento en que se inicia la denuncia hasta la llegada a dicho Tribunal Superior.

 

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